Tras los dos primeros meses de aplicación de la Ley 10/2012 de Tasas Judiciales, y dada el rechazo de la misma por todos los sectores, el Gobierno mediante Real Decreto-Ley 3/2013 realiza una rectificación de la Ley, pero pese a ello y al considerarse insuficiente, el Consejo General de la Abogacía presentó el 28 de enero de 2013 ante la Audiencia Nacional recurso contencioso- administrativo directo contra la Orden Ministerial de Hacienda que aprueba el modelo de autoliquidación y devolución de las tasas judiciales. En el mismo se solicita tanto la nulidad de la Orden como que la Sala de lo Contencioso-Administrativo plantee cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley de Tasas.
El rechazo de la Abogacía a la nueva Ley de Tasas Judiciales ha sido rotundo. La mayoría de los abogados cree que el Ministerio de Justicia debería haber buscado un acuerdo con todas las partes antes de aprobar con carácter urgente esta Ley.
En opinión asimismo de un alto porcentaje de profesionales del mundo de la abogacía, la obligación del abono de las tasas provocarán el que muchas personas renuncien a defender sus derechos por razones económicas dando lugar a una justicia dual: por un lado, para ricos y desfavorecidos, y por otro, para el resto de la sociedad.
Otro sector opina asimismo que la imposición de las tasas no van a disuadir a quienes hacen un uso torticero de los tribunales con fines dilatorios, conducta que se evitaría estableciendo tasas que penalizaran exclusivamente dichas prácticas.
La mayoría del sector opina que la Justicia debe financiarse exclusivamente a través de los Presupuestos Generales del Estado y no mediante la imposición de tasas judiciales que deben ser abonadas por los ciudadanos. El Ministerio de Justicia ha ido improvisando, sin escuchar a las distintas partes, y sin considerar debidamente las posibles consecuencias o alternativas a las mismas, con riesgo de vulneración por la Ley de la tutela Judicial Efectiva.